En la vida, es fundamental prepararse para lo inesperado. Teniendo en cuenta que una situación imprevista puede ocurrirle a cualquier persona a cualquier edad, uno debe contar con herramientas legales para designar a alguien que maneje las decisiones médicas en su nombre en caso de incapacidad.
Por esto, es esencial saber quién puede ser sustituto de atención médica en Florida, para desde ya empezar a armar un plan sólido.
En esta guía, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le enseñarán todo sobre quién puede ser sustituto de atención médica, para que así sepa a qué persona puede designar para este crucial rol.
Elementos Clave Sobre Quién Puede Ser Sustituto de Atención Médica en Florida
La designación de un sustituto de atención médica es un documento legal en el que una persona (el principal) otorga a otra parte (el sustituto) la autoridad para tomar decisiones de atención médica en su nombre.
¿Qué dicen los estatutos sobre quién puede ser sustituto de atención médica?
Los Estatutos de Florida §765.202 (1) estipulan que “un documento escrito que designe a un sustituto para tomar decisiones de atención médica en nombre de un principal o recibir información médica en nombre de un principal, o ambos, deberá ser firmado por el principal en presencia de dos adultos suscritos testigos.»
Si el principal no puede firmar el documento, él o ella debe “en presencia de testigos, ordenar que otra persona firme el nombre del principal como se requiere en este documento”.
Detalles cruciales sobre quién puede ser sustituto de atención médica
Otro requisito crucial de ejecución establecido por el estatuto §765.202 (2) es que “la persona designada como sustituto no actuará como testigo de la ejecución del documento que designa al sustituto de atención médica. Por lo menos una persona que actúe como testigo no podrá ser cónyuge ni pariente consanguíneo del mandante.”
Los Estatutos de Florida §765.202 (7) establecen que “a menos que el documento establezca un momento de terminación, la designación permanecerá vigente hasta que el principal la revoque”.
Lo Esencial Sobre Quién Puede Ser Sustituto de Atención Médica en Florida
Según la ley de Florida, cualquier persona competente mayor de 18 años puede ser designada como sustituto de atención médica. Por lo tanto, el mandante puede elegir a cualquier pariente o amigo que reúna los requisitos, como un cónyuge o un hijo adulto, como sustituto para la atención de la salud.
Sobre las restricciones al momento de seleccionar quién puede ser sustituto de atención médica
Como la persona designada como su sustituto debe actuar sólo dentro de los límites impuestos por las instrucciones del documento, puede dictar qué tratamientos médicos desea recibir en circunstancias específicas.
Si no hay instrucciones específicas con respecto a una determinada decisión de atención médica, el sustituto designado debe decidir basándose exclusivamente en los mejores intereses del principal.
Antes de elegir a la persona que servirá como madre sustituta, lo ideal es consultar con un abogado experto para una evaluación individual.
Después de elegir a la persona adecuada para servir como sustituto de atención médica, es crucial tener una conversación con esa persona para expresar sus creencias y preferencias personales con respecto a la atención médica y los tratamientos para prolongar la vida.
Si corresponde, asegúrese de explicar cualquier punto de vista cultural o religioso relevante que pueda afectar sus preferencias médicas si no puede comunicarse.
¿Es Realmente Necesario Designar y Saber Quién Puede Ser Sustituto de Atención Médica en Florida?
Según lo dispuesto por los Estatutos de Florida 765.202 (3), «un documento que designe a un sustituto de atención médica también puede designar a un sustituto alternativo siempre que la designación sea explícita».
El mismo estatuto agrega que “el sustituto suplente puede asumir sus funciones como sustituto del principal si el sustituto original no está dispuesto, no puede o no está razonablemente disponible para desempeñar sus funciones. El hecho de que el principal no designe un sustituto alternativo no invalidará la designación de un sustituto”.
Vaya Más Allá de Quién Puede Ser Sustituto de Atención Médica en Florida
Si necesita designar a un sustituto de atención médica, llame hoy a las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos al (305) 921-0976 o envíe un correo electrónico a [email protected] para obtener orientación legal experta.