El estado de Florida ofrece una sólida protección de viviendas. Si la residencia principal de un residente de Florida califica como vivienda familiar, es posible que no se vea afectada por la mayoría de los casos de quiebra, sentencias, gravámenes y reclamaciones de acreedores.
¿Es posible transferir una propiedad familiar a un fideicomiso de Florida? Continúa leyendo para averiguarlo.
Protección de viviendas en Florida: conceptos básicos
Mientras que otros estados ofrecen sólo protección parcial de la propiedad, Florida ofrece protección total para propiedades residenciales que cumplen con los requisitos legales.
Con pocas excepciones, la Sección 4 del Artículo X de la Constitución de Florida establece que “estarán exentos de venta forzosa bajo proceso de cualquier tribunal, y ninguna sentencia, decreto o ejecución constituirá un gravamen sobre ellos, (…) la siguiente propiedad propiedad de una persona natural:
Una propiedad familiar, si está ubicada fuera de un municipio, hasta la extensión de ciento sesenta acres de terreno contiguo y mejoras al mismo, que no se reducirán sin el consentimiento del propietario por motivos de inclusión posterior en un municipio, o
Si está ubicado dentro de un municipio, en la extensión de medio acre de tierra contigua, sobre la cual la exención se limitará a la residencia del propietario o la familia del propietario.
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La misma legislación específica que “estas exenciones redundarán en beneficio del cónyuge supérstite o de los herederos del titular”.
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Es posible transferir la propiedad familiar a un fideicomiso de Florida. Dependiendo de las circunstancias del propietario de la propiedad, titular una propiedad a un fideicomiso requiere un enfoque estratégico.
La Constitución de Florida establece en el Artículo X, Sección 4(c) que “la propiedad no estará sujeta a concesión si al propietario le sobrevive su cónyuge o un hijo menor, excepto que la propiedad puede ser concedida al cónyuge del propietario si no hay un hijo menor”. .”
El mismo estatuto agrega que “el propietario de un inmueble familiar, unido por el cónyuge si está casado, puede enajenar la propiedad familiar mediante hipoteca, venta o donación y, si está casado, puede transferir mediante escritura el título de una propiedad en su totalidad al cónyuge. . Si el propietario o el cónyuge fuere incapaz, la forma de enajenación o gravamen será la prevista por la ley.”
Si al propietario de una propiedad en Florida le sobreviven un cónyuge o hijos menores, el interés en la propiedad está «restringido por legado». En tales casos, los herederos no reciben la propiedad a través del último testamento del difunto durante la sucesión.
Dado que los intereses sobre la propiedad se conceden a los herederos de acuerdo con las normas legales de Florida, impedir cómo el sistema legal de descendencia distribuirá los intereses sobre la propiedad es una tarea compleja.
Si el propietario de la propiedad decide transferir la propiedad a un fideicomiso, es fundamental preparar los documentos con un lenguaje que proteja expresamente los intereses de todos los beneficiarios designados, incluido el cónyuge, el ex cónyuge y los hijos de diferentes matrimonios.
El mejor enfoque es consultar con un abogado testamentario con experiencia para identificar si transferir una propiedad a un fideicomiso de Florida es una buena idea.
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