La sucesión es un proceso supervisado por un tribunal para determinar la validez del testamento de un difunto y distribuir su patrimonio de acuerdo con las disposiciones del testador. Sin embargo, ¿acaso deben todos los albaceas solicitar la sucesión en Florida?
Para dejarle saber más sobre las obligaciones del representante personal, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos han creado esta guía, donde aprenderá si deben todos los albaceas solicitar la sucesión o no en el estado.
¿Deben Todos Los Albaceas Solicitar La Sucesión? – Sobre El Rol del Representante Personal
También conocido como representante personal, el albacea es una persona designada por el tribunal para llevar a cabo las disposiciones del testamento de un difunto y realizar la distribución del patrimonio de acuerdo a lo definido por el testamento.
¿Deben todos los albaceas solicitar la sucesión? – Sobre los tipos de administración
La ley de Florida tiene dos tipos de sucesiones: administración sumaria y administración formal. La mayoría de las sucesiones pasan por una administración formal, ya que es la forma predeterminada de sucesión en Florida.
La administración sumaria es una versión acelerada de sucesión que no requiere el nombramiento de un representante personal. En la mayoría de los casos, se tarda sólo unas pocas semanas en completarse y los herederos pueden recibir su parte después de que el tribunal emita una orden de distribución.
Por el contrario, la administración formal implica más pasos. El proceso comienza cuando uno de los interesados presenta una solicitud de sucesión. Una vez recibida la petición, el tribunal debe designar un albacea para que administre el patrimonio sujeto a sucesión.
El albacea debe seguir su deber fiduciario con el patrimonio del difunto y sus beneficiarios, actuando solo en el mejor interés de ambas partes. No cumplir con el deber fiduciario o seguir los principios legales de la ley de Florida puede resultar en la destitución del albacea del cargo.
Análisis Detallado Sobre Si Deben Todos Los Albaceas Solicitar La Sucesión en Florida
Los Estatutos de Florida §732.901 (1) estipulan que “el custodio de un testamento debe presentar el testamento con el secretario del tribunal que tenga jurisdicción sobre el patrimonio del difunto dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la información de que el testador ha fallecido”.
La ley estatal no especifica si la persona nombrada como albacea en el testamento del difunto debe presentar el documento en la corte. Por lo general, el testamento se presenta con una petición de administración formal.
¿Cuándo debe ocuparse de si deben todos los albaceas solicitar la sucesión?
Se requiere una administración formal si el valor del patrimonio del difunto sujeto a sucesión excede los $75,000 o si el difunto ha estado muerto por menos de dos años. Si el difunto falleció con deudas pendientes, es probable que el patrimonio también pase por una administración formal.
Si bien no existe una disposición específica que requiera que el albacea presente una solicitud de sucesión, el albacea es una de las partes interesadas en el testamento.
Si el patrimonio de una persona fallecida califica para la administración formal y la persona nombrada como albacea lo sabe, la mejor opción es solicitar la sucesión lo antes posible. Según el tamaño y la complejidad del patrimonio del difunto, la sucesión puede requerir más de seis meses para completarse.
En Florida, diferentes casos requieren soluciones distintas. Dependiendo de cómo se titularon los bienes del difunto en el momento de la muerte, es posible que parte de la propiedad no necesite pasar por la sucesión. Consulte con un abogado especialista en sucesiones en Florida para encontrar la mejor alternativa para su caso.
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