Durante la sucesión de Florida, los acreedores de un difunto tienen derecho a que se les notifique que el difunto ha fallecido y que está pendiente un procedimiento de administración del patrimonio. La ley requiere específicamente que el representante personal de un patrimonio entregue un aviso a los acreedores directamente a todos los acreedores conocidos del difunto. Además, el representante personal debe publicar el aviso a los acreedores en un periódico local en el condado donde se administra el patrimonio una vez por semana durante dos semanas consecutivas. El propósito de este aviso es dar a los acreedores una oportunidad justa de presentar sus reclamos contra el patrimonio.
Según la Ley de Florida, los acreedores deben presentar sus reclamos contra el patrimonio dentro de un período de 90 días a partir de la fecha de la primera publicación del aviso a los acreedores en un periódico local, o 30 días después de recibir el servicio directo del aviso a los acreedores, lo que sea que suceda más tarde. Todas las reclamaciones de los acreedores que no se presenten dentro de este límite de tiempo quedarán excluidas para siempre. Además, el Código de Sucesiones de Florida impone una restricción a todos los reclamos de los acreedores contra el patrimonio que se presenten más de dos años después de la fecha de fallecimiento del difunto.
Una vez que haya vencido el período de tiempo para presentar reclamaciones de acreedores (conocido como “período de acreedores”), el representante personal del patrimonio puede presentar objeciones a cualquier reclamación de acreedores pendiente. Si se presentan objeciones en el proceso de sucesión, el acreedor debe iniciar una acción independiente contra la herencia, lo que se hace mediante la presentación de una demanda dentro de los 30 días a partir de la fecha en que se presentó formalmente la objeción. Si un acreedor no inicia una acción independiente dentro de este período de tiempo, el tribunal de sucesiones puede prohibir el reclamo.
Todos los reclamos de acreedores pendientes cuando se cierre la administración del patrimonio se pagarán en un orden de prioridad, que es impuesto por el código de sucesiones de Florida. Después de satisfacer todos los créditos de los acreedores de una clase anterior, si una herencia no es suficiente para satisfacer todos los créditos de los acreedores de una clase menor, los acreedores de la clase menor serán pagados en proporción a sus respectivos créditos.
¿Eres acreedor de un patrimonio en Florida? Aquí está lo que necesitas saber
A veces, las personas son acreedoras y ni siquiera lo saben.
Los acreedores en Florida tienen derechos bajo la Ley de Florida sobre el dinero que les debe una persona que lamentablemente falleció. Cuando alguien fallece en Florida debiendo dinero o bienes a otros, el patrimonio de Florida es responsable de pagar las deudas del difunto. La pregunta aquí es: ¿eres acreedor? Considere lo siguiente para responder a esa pregunta:
- Si prestó dinero a una persona que falleció en Florida y su deuda nunca se saldó, usted es un acreedor.
- Si usted es el cónyuge sobreviviente de alguien que falleció y hubo un acuerdo prenupcial, entonces usted es acreedor.
Como se mencionó anteriormente, el representante personal de un patrimonio en Florida es responsable de notificar a los acreedores que se está administrando el patrimonio y usted tendrá 90 días para presentar un reclamo por escrito contra el patrimonio para solicitar el pago del dinero que se le debe.
Si usted es un acreedor que había celebrado un contrato o un acuerdo prematrimonial con el causante, debe presentar una demanda que debe incluir una copia adjunta del contrato o acuerdo.
Una vez que presente un reclamo, el representante personal del patrimonio tendrá un año calendario para satisfacer su reclamo a partir de la fecha de la publicación inicial del aviso a los acreedores. Sin embargo, este plazo puede ampliarse en determinadas circunstancias.
Cuando se trata de sucesiones, Florida tiene una ventana bastante corta para que los acreedores de un patrimonio ejerzan sus derechos. La ayuda de abogados experimentados en sucesiones de Florida que saben cómo funciona el proceso de sucesión y entienden los matices de la ley es crucial para los acreedores.
En las sucesiones de Florida, los reclamos de los acreedores son una fuente común de litigio. No importa cuán grande o pequeño sea, casi todos los bienes sucesorios en Florida tienen acreedores que presentan reclamos en su contra. Si usted es un acreedor o el representante personal de un patrimonio que está tratando de entender los derechos de los acreedores bajo el Código de Sucesiones de Florida, consultar con un abogado experimentado en Sucesiones de Florida es el mejor curso de acción para usted.
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