La tragedia no discrimina a las personas por edad, etnia o condición social. Aunque es difícil pensar en situaciones desagradables, uno debe contar con arreglos legales para prepararse para eventos tales como la incapacidad o una enfermedad terminal.
Dentro de este contexto, ¿es posible contar con múltiples sustitutos de atención médica en Florida?
En este artículo, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le explicarán lo que debe saber sobre designar múltiples sustitutos de atención médica.
Explicación Sobre La Designación de Múltiples Sustitutos de Atención Médica en Florida
La designación de un sustituto para la atención médica es una directiva anticipada que le permite nombrar a una persona de confianza para que se encargue de la toma de decisiones médicas en caso de que ya no pueda comunicar o expresar sus deseos.
Una vez que se ejecuta la designación, usted (el director) otorga a un tercero (el sustituto) la autoridad para hablar con los médicos en su nombre y administrar sus decisiones personales de atención médica. Dependiendo de cómo esté estructurado el documento, la efectividad de la designación puede ser inmediata o solo por incapacitación.
¿Qué Dispone La Ley Sobre La Designación de Múltiples Sustitutos de Atención Médica en Florida?
La validez de la designación de un sustituto de atención médica depende de los requisitos legales específicos.
¿Qué dicen los estatutos sobre designar múltiples sustitutos de atención médica?
Los Estatutos de Florida §765.202 (1) requieren que «un documento escrito que designe a un sustituto para tomar decisiones de atención médica para un director o recibir información de salud en nombre de un director, o ambos, debe ser firmado por el director en presencia de dos adultos suscritos testigos.»
Los Estatutos de Florida §765.202 (2) agregan que “la persona designada como sustituto no actuará como testigo de la ejecución del documento que designa al sustituto de atención médica. Por lo menos una persona que actúe como testigo no podrá ser cónyuge ni pariente consanguíneo del mandante.”
Si no puede firmar el documento como mandante, debe pedirle a otra persona que firme en su nombre en presencia de dos testigos. Al otorgar el documento, la parte subrogada debe recibir una copia exacta de la designación.
Veredicto: ¿Es Posible Contar Con Múltiples Sustitutos de Atención Médica en Florida?
Según lo dispuesto por los Estatutos de Florida §765.202 (3), «un documento que designe a un sustituto de atención médica también puede designar a un sustituto alternativo siempre que la designación sea explícita».
Por lo tanto, “el sustituto suplente puede asumir sus funciones como sustituto del principal si el sustituto original no está dispuesto, no puede o no está razonablemente disponible para desempeñar sus funciones. El hecho de que el director no designe un sustituto alternativo no invalidará la designación de un sustituto”.
Sí es posible tener múltiples sustitutos de atención médica
Sí es posible contar con múltiples sustitutos de atención médica en Florida, debido a que la ley no lo prohíbe. Sin embargo, no es la mejor opción.
Por ejemplo, si cuenta con múltiples sustitutos de atención médica, su doctor tendrá que comunicarse con cada uno y obtener el consentimiento de múltiples personas para determinar qué hacer en caso de incapacidad.
Por ello, en lugar de designar múltiples sustitutos de atención médica, lo mejor es contar con uno solo que sea de su entera confianza. En caso este sustituto no pueda ayudarle, sea por fallecimiento o incapacidad, puede designar uno a modo de “reserva”.
¿Desea Designar Sustitutos de Atención Médica en Florida?
Si desea designar un sustituto de atención médica en Florida, entonces llame a las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos al (305) 921-0976 o envíe un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta.