La sucesión es el proceso en el que un tribunal determina la validez del testamento de una persona fallecida y cómo los herederos recibirán su parte del patrimonio del testador.
Sin embargo, ¿es la sucesión necesaria todo el tiempo en Florida? Las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le enseñarán en qué casos sí es necesaria, y en qué casos puede disponer de métodos más rápidos para distribuir el patrimonio.
Veredicto: ¿Es La Sucesión Necesaria Todo El Tiempo en Florida?
La sucesión no siempre se requiere después de que alguien muere siendo propietario de bienes en Florida.
¿Por qué no es la sucesión necesaria todo el tiempo en Florida?
Una vez que la persona en control del testamento del difunto lo presente ante el tribunal correspondiente, el juez verificará la validez del documento. Si es válido y el patrimonio está sujeto a sucesión, el tribunal designará un representante personal para ejecutar las disposiciones del testamento.
Este proceso implica varios pasos, tales como organizar e inventariar todos los bienes del difunto, identificar las deudas pendientes relacionadas con el patrimonio, notificar a las partes interesadas y distribuir los bienes a los beneficiarios de acuerdo con el testamento.
Si el testamento no es válido, la ejecución del patrimonio del difunto debe seguir las leyes de sucesión intestada de Florida (Fla. Stat. §732).
¿Es La Sucesión Necesaria Todo El Tiempo en Florida? – Administración Sumaria vs. Formal
Si una persona falleció hace más de dos años o el valor de los bienes del difunto es inferior a $75,000, el patrimonio puede pasar por una administración sumaria. Este procedimiento es una forma simplificada de sucesión que no requiere representante personal.
Si una persona murió hace menos de dos años o el valor del patrimonio del difunto supera los $75,000, el patrimonio debe pasar por una administración formal. El tipo estándar de sucesión en Florida, la administración formal requiere la designación de un representante personal y una estricta supervisión judicial.
La administración sumaria puede requerir no más de seis semanas para completarse. Por el contrario, los procedimientos que involucran la administración formal requieren al menos seis semanas para completarse, y duran hasta seis meses o más, según la complejidad del caso.
En ambos casos, sí es la sucesión necesaria todo el tiempo, lo que difiere aquí es el tiempo para completar el proceso de distribución del patrimonio.
¿Es La Sucesión Necesaria Todo El Tiempo en Florida? – Sucesión Testamentaria vs. No Testamentaria
Como parte de la respuesta a si es la sucesión necesaria todo el tiempo en Florida, es necesario hacer una comparación entre los procesos sucesorios testamentarios y no testamentarios.
Activos testamentarios
En esencia, los bienes sujetos a legalización en Florida son aquellos que se poseen únicamente a nombre de la persona fallecida. Si una propiedad inmobiliaria es de propiedad individual en el momento de la muerte del propietario, debe pasar por una sucesión.
Los procedimientos de sucesión también abarcan cuentas bancarias de propiedad individual, pólizas de seguro de vida mantenidas únicamente a nombre del principal y cuentas de jubilación individuales sin beneficiarios designados.
Activos no testamentarios
Los Estatutos de Florida §732.402 (2) establecen que “la propiedad exenta consistirá en:
- Mobiliario doméstico, enseres y electrodomésticos en el lugar de residencia habitual del difunto hasta un valor neto de $20,000 a la fecha del fallecimiento.
- Dos vehículos de motor como se define en Fla. Stat. §316.003 (…)
- Todos los programas de matrícula calificados autorizados por s. 529 del Código de Rentas Internas de 1986 (…)
- Todos los beneficios pagados conforme a Fla. Stat. §112.1915″ (beneficios por fallecimiento de maestros y administradores escolares)
¿Qué dicen los estatutos sobre si es la sucesión necesaria todo el tiempo con activos no testamentarios?
Los Estatutos de Florida §735.301 (1) también especifican que “no se requerirá administración ni se instituirán procedimientos formales sobre el patrimonio de un difunto que deje únicamente:
- Los bienes muebles exentos en virtud de lo dispuesto en el art. 732.402
- Propiedad personal exenta de los reclamos de los acreedores bajo la Constitución de Florida, y
- Bienes muebles no exentos cuyo valor no exceda la suma del monto de los gastos funerarios preferidos y los gastos médicos y hospitalarios razonables y necesarios de los últimos 60 días de la última enfermedad”
Si un activo no está únicamente a nombre del difunto, no puede estar sujeto a sucesión. Ejemplos de activos no testamentarios en Florida incluyen:
- Bienes inmuebles en tenencia conjunta o tenencia por la totalidad
- Bienes mantenidos en un fideicomiso
- Cuentas de retiro
- Cuentas bancarias/de corretaje con beneficiarios pagaderos al fallecer (POD) y transferidos al fallecer (TOD)
- Seguros de vida o cuentas relacionadas con corretaje con beneficiarios que no son el difunto
- Cuentas bancarias/de corretaje bajo tenencia conjunta
¿Está Ante Un Caso De Sucesión Patrimonial en Florida?
Comuníquese hoy con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta y revisar su caso.