Cuando el dueño de una propiedad fallece en Florida, el título de la propiedad determina si debe pasar por una sucesión o no. ¿Qué pasa si una persona no vive en una casa estándar? ¿Acaso debe pasar una casa móvil por sucesión en Florida?
Para dejarle saber si debe pasar una casa móvil por sucesión o no en Florida, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos han creado esta guía, para brindarle las respuestas que anda buscando.
¿Debe Pasar Una Casa Móvil Por Sucesión? – Activos Testamentarios vs. No Testamentarios
Si un residente de Florida fallece y posee activos únicamente a su nombre, es probable que estos activos pasen por una sucesión. Los ejemplos comunes de activos testamentarios incluyen:
- Bienes inmuebles de propiedad exclusiva del difunto
- Bienes inmuebles de propiedad en tenencia en común
- Cuentas bancarias de propiedad a nombre exclusivo del difunto o dejando el patrimonio como beneficiario
- Pólizas de seguro de vida que nombran al difunto o al patrimonio como beneficiario
- Posesiones personales como muebles para el hogar, joyas, objetos de colección valiosos, etc. (a menos que estén exentos según la ley de Florida)
Por el contrario, si alguien muere en posesión de bienes con beneficiarios designados o mediante tipos específicos de copropiedad, estos bienes están exentos de legalización. Los ejemplos de activos no testamentarios incluyen:
- Bienes inmuebles en tenencia conjunta
- Bienes inmuebles de propiedad en arrendamiento por la totalidad
- Bienes inmuebles traspasados a través de una escritura Lady Bird
- Activos fiduciarios (es decir, bienes inmuebles, terrenos baldíos, cuentas bancarias, etc.)
- Cuentas de jubilación (p. ej., IRA, 401(k)s, etc.)
- Cuentas bancarias de propiedad conjunta
- Cuentas bancarias con beneficiarios pagaderos al fallecer (POD) y transferidos al fallecer (TOD)
Veredicto: ¿Debe Pasar Una Casa Móvil Por Sucesión en Florida?
El hecho de que una casa móvil esté sujeta a un proceso de sucesión después del fallecimiento del propietario depende del título de la propiedad. Si el propietario falleció con el título de la casa móvil a su nombre exclusivo, el activo debe pasar por una sucesión.
Si la casa móvil es la residencia principal del propietario y le sobrevive un cónyuge o hijos menores, el activo califica para la exención de vivienda familiar de Florida (Homestead). Una casa móvil con beneficiarios designados o titulada a nombre de un fideicomiso no necesita pasar por la sucesión.
¿Qué dispone la ley sobre si debe pasar una casa móvil por sucesión en Florida?
Según lo dispuesto por el Artículo X, Sección (a)(1) de la Constitución de Florida, una casa puede calificar como patrimonio:
- «Si está ubicado fuera de un municipio, hasta la extensión de ciento sesenta acres de terreno contiguo y mejoras sobre el mismo, que no podrán ser reducidos sin el consentimiento del dueño por razón de inclusión posterior en un municipio, o
- Si está ubicado dentro de un municipio, hasta la extensión de medio acre de terreno contiguo, sobre el cual la exención se limitará a la residencia del propietario o de la familia del propietario».
Si el difunto vivía en una casa móvil como su residencia principal y era dueño del terreno en el que se encuentra, el activo califica como propiedad familiar.
¿Debe pasar una casa móvil por sucesión en Florida si estaba en un terreno alquilado?
Una casa móvil mantenida a nombre del difunto pero ubicada en una propiedad alquilada puede calificar como propiedad familiar, según la situación.
De acuerdo con los Estatutos de Florida §222.05, «cualquier persona que sea propietaria y ocupe una vivienda, incluida una casa móvil utilizada como residencia, o una casa modular, en un terreno que no sea suyo y que pueda poseer legalmente, por arrendamiento o de otro modo, y reclamando dicha casa, casa móvil o casa modular como su propiedad, tendrá derecho a la exención de dicha casa, casa móvil o casa modular de gravamen y venta como se mencionó anteriormente».
Descubra Si Su Casa Móvil Está Sujeta a Sucesión en Florida
Comuníquese hoy con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta y verificar si su casa móvil debe pasar por sucesión o no.