Si un patrimonio está sujeto a sucesión en Florida, uno de los interesados en el proceso debe presentar una petición de sucesión ante el tribunal correspondiente. Durante la sucesión, el tribunal verificará si el testamento es válido y determinará cómo se deben distribuir los bienes.
De allí nace la pregunta: ¿se deben legalizar todos los testamentos en Florida? ¿Existen algunas excepciones a este requisito?
Por ello, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le enseñarán si se deben o no legalizar todos los testamentos en Florida, en medio de un proceso de sucesión patrimonial.
Veredicto: ¿Se Deben Legalizar Todos Los Testamentos en Florida?
Según la ley de Florida, no existe ningún requisito legal que nos diga que se deban legalizar todos los testamentos.
¿Qué dicen los estatutos sobre si se deben legalizar todos los testamentos o no?
Los Estatutos de Florida §732.901(1) establecen expresamente que “el custodio de un testamento debe presentar el testamento ante el secretario del tribunal que tenga jurisdicción sobre el patrimonio del difunto dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la información de que el testador ha fallecido”.
Si bien existe un requisito explícito para presentar y registrar un testamento en un tribunal de Florida, la presentación de un proceso de sucesión no es obligatoria. Es fundamental entender la diferencia entre “presentar el testamento” y “legalizar el testamento”.
Cuando alguien presenta un testamento, él o ella está sometiendo el documento a la custodia del tribunal. Solicitar al tribunal que valide el testamento requiere una petición específica para administrar el patrimonio del testador.
Antes de solicitar la sucesión, la persona que tiene el control del testamento o cualquier parte interesada, debe identificar si el documento debe ser legalizado.
Más Allá De Si Se Deben Legalizar Todos Los Testamentos en Florida
Es momento de ir más allá de si se deben legalizar todos los testamentos o no en Florida, para ver en qué escenarios sí es necesario hacerlo.
Activos testamentarios vs. Activos no testamentarios
Si alguien fallece siendo propietario de activos nombrados únicamente a su nombre, es probable que estos activos deban pasar por sucesión. A menos que los bienes estén exentos de legalización (Estatutos de la Florida §735.301), los herederos del difunto deben solicitar la legalización para recibir la parte que les corresponde del patrimonio.
Los ejemplos de activos no testamentarios incluyen:
- Bienes inmuebles de propiedad conjunta
- Bienes inmuebles de propiedad en régimen de tenencia por la totalidad
- Cualquier propiedad transferida a un fideicomiso
- Cuentas de retiro
- Cuentas bancarias/de corretaje bajo tenencia conjunta
- Cuentas bancarias/de corretaje con beneficiarios pagaderos al fallecer (POD) y transferidos al fallecer (TOD)
- Seguros de vida o cuentas relacionadas con corretaje con beneficiarios que no sean la persona fallecida.
Patrimonios Insolventes
El término “insolvente” se usa para describir patrimonios en los que el valor total de los activos no es suficiente para pagar las deudas y obligaciones pendientes del difunto. En tales casos, la familia de la persona fallecida puede considerar la sucesión como una pérdida de tiempo y dinero.
Ningún beneficiario de un patrimonio insolvente debe abrir la sucesión únicamente para beneficiar a los acreedores. Una vez que vence el período para que el acreedor pueda cobrar las deudas impagas, perderá la opción a hacerla más adelante. Sin embargo, este tipo de estrategia requiere la asesoría de un abogado de sucesiones con experiencia.
Reclamos por muerte por negligencia
Cuando un residente de Florida fallece debido a una negligencia, el representante personal del difunto es la única persona que puede presentar un reclamo por muerte por negligencia. En tales casos, el patrimonio debe legalizarse incluso si el difunto murió poseyendo sólo bienes no testamentarios.
Litigio contra el patrimonio del difunto
Si el difunto falleció estando involucrado en un litigio antes de su muerte, el tribunal abrirá el patrimonio y designará a un representante personal para manejar los asuntos pendientes del difunto. Por lo tanto, el difunto es reemplazado por su patrimonio en el litigio.
Con la guía de un abogado con experiencia, este tipo de situación no es tan compleja como puede parecer, pero sí requiere una estrategia clara para afrontar cualquier problema de manera eficiente.
¿Necesita Presentar Una Solicitud de Sucesión en Florida?
Comuníquese hoy con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para ayudarle a presentar la solicitud de sucesión y administrar su caso.