{"id":5710,"date":"2022-01-27T10:08:19","date_gmt":"2022-01-27T15:08:19","guid":{"rendered":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/servicios-de-tutela-testamentaria\/"},"modified":"2022-02-04T20:26:52","modified_gmt":"2022-02-05T01:26:52","slug":"servicios-de-tutela-testamentaria","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/es\/legalizacion-de-un-testamento\/servicios-de-tutela-testamentaria\/","title":{"rendered":"Servicios de Tutela Testamentaria"},"content":{"rendered":"\n

<\/p>\n\n

El t\u00e9rmino tutela describe una relaci\u00f3n legal en la que el tribunal de sucesiones designa a una persona conocida como “tutor” para que tome decisiones en nombre de un “pupilo”, alguien que el tribunal ha declarado legalmente incapacitado y, por lo tanto, restringido en sus derechos. Dadas estas circunstancias, la tutela testamentaria es un proceso delicado y, a menudo, complicado que no debe tomarse a la ligera. Es por eso que las Reglas de Sucesiones de Florida requieren que los tutores est\u00e9n representados por un abogado con licencia estatal<\/a>, y por qu\u00e9 todos los tutores deben buscar la experiencia de un Abogado de Tutela<\/a>con experiencia en esta \u00e1rea especializada de la ley. <\/p>\n\n

Jurado & Associates, PA<\/a> reconoce la gran responsabilidad conferida a los tutores por el Estado de Florida y proporciona una amplia gama de Servicios de Sucesiones de Tutela para ayudarlos a cumplir con sus deberes en inter\u00e9s de su pupilo y de acuerdo con la ley de Florida.<\/p>\n\n

El Proceso de Legalizaci\u00f3n de la Tutela<\/strong><\/h2>\n\n

La tutela existe para proteger los derechos e intereses de las personas cuyas limitaciones funcionales les impiden tomar sus propias decisiones, como por ejemplo para el cuidado al final de la vida o la planificaci\u00f3n patrimonial. Se usa com\u00fanmente para personas que sufren demencia avanzada, enfermedad de Alzheimer, discapacidad del desarrollo, enfermedad cr\u00f3nica o cualquier otra condici\u00f3n que los deje gravemente incapacitados. (No debe confundirse con el programa Guardian ad Litem, que est\u00e1 dise\u00f1ado para salvaguardar a los ni\u00f1os maltratados y abandonados).<\/p>\n\n

Debido a que la tutela restringe necesariamente los derechos y libertades de una persona para tomar sus propias decisiones, la ley de Florida la reconoce como \u00faltimo recurso y, por lo tanto, requiere que se lleve a cabo el siguiente proceso para garantizar que la persona presuntamente incapacitada (AIP) realmente requiera la tutela:<\/p>\n\n

  1. Primero, se debe presentar una petici\u00f3n ante el tribunal de sucesiones para determinar si el posible pupilo carece de incapacidad. Cualquier \u201cadulto competente\u201d puede presentar la petici\u00f3n si da fe de la supuesta persona incapacitada que requiere tutores.<\/li><\/ol>\n\n
    1. Tras la presentaci\u00f3n de la petici\u00f3n, el tribunal nombrar\u00e1 un comit\u00e9 examinador de tres miembros, que siempre incluye al menos un experto m\u00e9dico autorizado, para evaluar las reclamaciones y redactar un informe. El tribunal tambi\u00e9n designar\u00e1 a un abogado para que represente a la presunta persona incapacitada.<\/li>
    2. El tribunal celebrar\u00e1 una audiencia para revisar el informe del comit\u00e9 examinador. Incluso si el tribunal concluye que la persona est\u00e1 incapacitada, a\u00fan debe determinar si existe una alternativa menos restrictiva a la tutela.<\/li><\/ol>\n\n
      1. Si el tribunal determina que la persona est\u00e1 incapacitada y no existen alternativas menos restrictivas, emitir\u00e1 cartas de tutela nombrando a alguien como tutor de esa persona, quien luego se declara bajo la tutela del tutor. Cualquier adulto competente puede actuar como tutor siempre que est\u00e9 en su sano juicio, no haya sido condenado por un delito grave y nunca haya sido determinado judicialmente (o encontrado culpable) de abuso, abandono o negligencia de un ni\u00f1o. <\/li><\/ol>\n\n

        El proceso para determinar si se necesita la tutela testamentaria puede tardar hasta un mes en completarse. Dependiendo de las circunstancias, el tribunal puede decidir si la tutela es necesaria para la persona, la propiedad o ambos.<\/p>\n\n

        Deberes y Responsabilidades del Tutor<\/strong><\/h2>\n\n

        El tutor de la persona s\u00f3lo puede ejercer los derechos personales que el tribunal haya quitado expl\u00edcitamente al tutelado y delegado al tutor. Estos pueden incluir el derecho a celebrar un contrato, solicitar beneficios p\u00fablicos, dar consentimiento para tratamiento m\u00e9dico e iniciar o defenderse de una demanda. <\/p>\n\n

        El tutor de la propiedad tiene casi la misma autoridad que el tutor de la persona, excepto que no puede vender, transferir, hipotecar ni regalar ninguna de las propiedades del pupilo sin la aprobaci\u00f3n previa del tribunal, que tendr\u00e1 la \u00faltima palabra sobre si alguna las transacciones propuestas son apropiadas para el pupilo. Por lo tanto, la propiedad perteneciente al pupilo, como cuentas financieras, autom\u00f3viles y bienes ra\u00edces<\/a>, puede necesitar ser retitulada o registrada a nombre de la tutela, pero no solo a no Por ejemplo, la escritura de la propiedad de un pupilo puede nombrar al titular como “John Doe, tutor de Jane Smith”.<\/p>\n\n

        El tutor tanto de la persona como de la propiedad tendr\u00e1 todos los deberes y obligaciones antes mencionados, que incluyen la presentaci\u00f3n de varios documentos legales ante el tribunal. Estos incluyen un plan inicial que establece disposiciones sobre c\u00f3mo se cubrir\u00e1n las necesidades e intereses del pupilo, un inventario de todos los bienes y propiedades conocidos del pupilo, y una contabilidad anual de todos y cada uno de los desembolsos realizados con los bienes del pupilo. Estos planes e informes deben presentarse anualmente para que el juzgado pueda hacer un seguimiento peri\u00f3dico de la tutela y asegurarse de que todo est\u00e9 en orden. <\/p>\n\n

        Adem\u00e1s, todos los tutores est\u00e1n obligados por los Estatutos de Florida a completar un curso de capacitaci\u00f3n de ocho horas dentro de los cuatro meses posteriores a su nombramiento. (Un tutor de la propiedad de un menor solo debe recibir cuatro horas de capacitaci\u00f3n e instrucci\u00f3n).<\/p>\n\n

        Servicios de Tutela Testamentaria de Jurado & Associates, P.A.<\/strong><\/h2>\n\n

        Si la perspectiva de servir como tutor parece desalentadora, no est\u00e1 solo: hay una buena raz\u00f3n por la cual Florida requiere que todos los tutores est\u00e9n representados por un abogado con licencia estatal. Sin embargo, no todos los abogados tienen la experiencia o los conocimientos para manejar todas las complejidades del proceso de tutela. Es por eso que necesita un abogado de tutela que comprenda la magnitud de su papel y la mejor manera de cumplir con sus deberes y requisitos de cumplimiento. <\/p>\n\n

        Jurado & Associate<\/a> tiene la experiencia y el conocimiento para brindar servicios de tutela testamentaria completos y confiables. Nuestros abogados ser\u00e1n su socio de confianza a lo largo de este proceso complejo pero vital, desde la presentaci\u00f3n de una petici\u00f3n ante el tribunal de sucesiones hasta asegurarse de que cumpla correctamente con los requisitos de informes iniciales y anuales. Si actualmente se desempe\u00f1a como tutor o est\u00e1 explorando la legalizaci\u00f3n de la tutela de un ser querido, llame al (305) 921-0976<\/a> o env\u00ede un correo electr\u00f3nico a Romy@juradolawfirm.com<\/a> para una consulta.<\/p>\n\n

        <\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"

        El t\u00e9rmino tutela describe una relaci\u00f3n legal en la que el tribunal de sucesiones designa a una persona conocida como “tutor” para que tome decisiones en nombre de un “pupilo”, alguien que el tribunal ha declarado legalmente incapacitado y, por lo tanto, restringido en sus derechos. Dadas estas circunstancias, la tutela testamentaria es un proceso…<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"parent":6100,"menu_order":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","template":"","meta":{"_seopress_robots_primary_cat":"","_seopress_titles_title":"","_seopress_titles_desc":"","_seopress_robots_index":"","_kad_blocks_custom_css":"","_kad_blocks_head_custom_js":"","_kad_blocks_body_custom_js":"","_kad_blocks_footer_custom_js":"","_kad_post_transparent":"","_kad_post_title":"","_kad_post_layout":"right","_kad_post_sidebar_id":"","_kad_post_content_style":"","_kad_post_vertical_padding":"","_kad_post_feature":"","_kad_post_feature_position":"","_kad_post_header":false,"_kad_post_footer":false,"footnotes":""},"taxonomy_info":[],"featured_image_src_large":false,"author_info":{"display_name":"Romy Jurado","author_link":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/author\/romy\/"},"comment_info":0,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/5710"}],"collection":[{"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/pages"}],"about":[{"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/types\/page"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5710"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/5710\/revisions"}],"up":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/pages\/6100"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/yourfloridaprobatelawyer.com\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5710"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}