La sucesión a menudo implica la distribución de bienes inmuebles a través de un testamento. Si un residente de Florida fallece siendo dueño de una propiedad titulada únicamente a su nombre, esa propiedad debe pasar por la administración testamentaria antes de ser transferida a sus herederos legítimos.
Dentro de esto, nace una pregunta: ¿están los terrenos baldíos sujetos a sucesión en Florida?
Por ello, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos han elaborado esta guía, para dejarles saber si están los terrenos baldíos sujetos a sucesión o no en el estado de Florida.
¿Están Los Terrenos Baldíos Sujetos a Sucesión? – Activos Testamentarios vs. No Testamentarios
Durante la sucesión, el patrimonio del difunto pasa por una administración supervisada por un tribunal para supervisar la transferencia del dinero y los bienes a sus legítimos nuevos propietarios. No todos los bienes están sujetos a sucesión, ya que algunos de ellos se heredan sin intervención judicial.
Si el patrimonio de un difunto no tiene activos testamentarios, es posible que no necesite administración testamentaria.
¿Qué dice la ley de Florida sobre los terrenos baldíos sujetos a sucesión?
De acuerdo con la ley de Florida, cualquier activo cuyo título de propiedad esté únicamente a nombre del difunto en el momento de la muerte está sujeto a sucesión. Esta categoría incluye cualquier bien inmueble titulado únicamente a nombre del difunto o propiedad bajo tenencia en común.
Los activos con beneficiarios designados no necesitan pasar por la sucesión. Los ejemplos incluyen bienes inmuebles bajo tenencia conjunta con derechos de supervivencia, bienes de una pareja bajo tenencia por la totalidad y cualquier propiedad titulada a nombre de un fideicomiso.
Veredicto: ¿Están Los Terrenos Baldíos Sujetos a Sucesión en Florida?
El hecho de que estén los terrenos baldíos sujetos a sucesión depende de cómo estén titulados. Si el terreno está titulado a nombre exclusivo del difunto en el momento de la muerte, estará sujeto a sucesión. Hay dos tipos de sucesiones en Florida: administración sumaria y administración formal.
¿Qué dicen los estatutos sobre los terrenos baldíos sujetos a sucesión en Florida?
Los Estatutos de Florida §735.201 requieren una administración sumaria si:
- El testamento del difunto no tiene lenguaje explícito que requiera administración formal
- El valor del patrimonio del difunto sujeto a sucesión no excede los $75,000 dólares, o,
- El difunto ha estado muerto por más de dos años.
La administración sumaria es una forma eficiente y rápida de sucesión que no requiere el nombramiento de un representante personal. En la mayoría de los casos, todo el proceso de administración se completa en unas pocas semanas.
Sobre los terrenos baldíos sujetos a sucesión con administración formal
Si un patrimonio no califica para la administración sumaria, debe pasar por una administración formal. Esta forma de sucesión suele ser más larga, ya que el tribunal debe designar a un representante personal para cerrar el patrimonio antes de la distribución.
Dependiendo de las circunstancias, heredar terrenos baldíos a través de una administración formal puede tomar hasta dos años.
Si el terreno baldío tiene beneficiarios designados, no se considera parte del patrimonio del difunto y se puede heredar fuera de la sucesión.
Ejemplos prácticos sobre terrenos baldíos y un proceso sucesorio
Por ejemplo, un terreno baldío propiedad de un residente de Florida bajo tenencia conjunta con derechos de supervivencia no necesita pasar por la sucesión. Si uno de los inquilinos fallece, el inquilino sobreviviente hereda automáticamente la parte restante de la propiedad.
Los terrenos baldíos de propiedad total en régimen de arrendamiento también están exentos de sucesión. Esta forma de propiedad solo está disponible para parejas casadas en Florida. Cada inquilino es dueño de la propiedad en su totalidad, lo que significa que no es necesaria la transferencia en caso de fallecimiento de uno de los inquilinos.
Otra forma de evitar la sucesión es transferir el título del terreno baldío a un fideicomiso. Una vez que el activo se titula a nombre de un fideicomiso, ya no se considera parte de un patrimonio. Cuando el dueño original fallece, los beneficiarios reciben la propiedad sin legalización.
Un Proceso Sucesorio Requiere de Estrategias Efectivas
Comuníquese hoy con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para obtener la orientación legal que su caso amerita.