Cuando un familiar o ser querido fallece, es un duro golpe emocional y mentalmente. Sin embargo, las cosas pueden tornarse aún más difíciles si la persona en cuestión fallece sin dejar un testamento.
Para brindar apoyo y guía, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, han preparado este artículo para explicarle qué pasa si fallece una persona sin testamento en Florida.
Aquí le explicaremos todo lo que debe saber sobre el resultado de qué pasa si fallece una persona sin testamento, que viene a ser la sucesión intestada.
Lo Básico Sobre Qué Pasa Si Fallece Una Persona Sin Testamento en Florida
Según la ley de Florida, el término “intestada” se refiere al patrimonio de alguien que murió sin testamento. Las reglas de sucesión intestada de Florida dictan la distribución del patrimonio de un difunto para alguien que murió sin un testamento válido.
Lo que pasa si fallece una persona sin testamento en Florida es que dejará una situación abrumadora, difícil y estresante para sus herederos, pues lidiar con las leyes de sucesión intestada del estado es un asunto particularmente complicado.
¿Qué Pasa Si Fallece Una Persona Sin Testamento en Florida? – Sobre Las Reglas y el Proceso de Herencia
Las reglas estatutarias de Florida tienen un orden preestablecido de preferencia para determinar quién heredará la propiedad intestada del difunto . En la mayoría de los casos, el cónyuge sobreviviente tiene derecho a heredar el patrimonio (ya sea en su totalidad o en parte).
¿Qué dicen los estatutos §732.102 sobre qué pasa si fallece una persona sin testamento en Florida?
Los Estatutos de Florida §732.102 establecen que “la parte intestada del cónyuge sobreviviente es:
- Si no hay descendientes sobrevivientes del difunto, toda la herencia intestada
- Si al difunto le sobreviven uno o más descendientes, todos los cuales también son descendientes del cónyuge sobreviviente, y el cónyuge sobreviviente no tiene otro descendiente, la totalidad de la herencia intestada
- Si hay uno o más descendientes sobrevivientes del difunto que no son descendientes directos del cónyuge sobreviviente, la mitad de la herencia intestada
- Si hay uno o más descendientes sobrevivientes del causante, todos los cuales son también descendientes del cónyuge sobreviviente, y el cónyuge sobreviviente tiene uno o más descendientes que no son descendientes del causante, la mitad de la herencia intestada”.
Estos estatutos responden en primera instancia lo que pasa si fallece una persona sin testamento en Florida, pero aún más detalles por tomar en cuenta.
¿Qué dicen los estatutos §732.103 sobre qué pasa si fallece una persona sin testamento en Florida?
De lo contrario, según lo dispuesto por los Estatutos de Florida §732.103, “la parte del patrimonio intestado que no pasa al cónyuge sobreviviente en virtud de la s. 732.102, o la totalidad de la herencia intestada si no hubiere cónyuge superviviente, desciende como sigue:
- A los descendientes del difunto
- Si no hubiere descendencia, al padre y a la madre del difunto por partes iguales, o al sobreviviente de ellos
- Si no hay ninguno de los anteriores, a los hermanos y hermanas del difunto y a los descendientes de los hermanos y hermanas difuntos”
Si el causante fallece sin ninguno de estos parientes, su patrimonio se dividirá entre sus parientes paternos y maternos (la mitad a cada parte), en el siguiente orden:
- “Al abuelo y a la abuela por igual, o al sobreviviente de ellos
- Si no hay abuelo o abuela, a los tíos y tías y descendientes de los tíos y tías del difunto
- Si no hubiere parientes paternos ni maternos, la herencia pasará a los demás parientes que sobrevivan, en el orden antes expresado”.
Sobre los estatutos §732.103 (5) y lo que pasa si fallece una persona sin testamento
En última instancia, los Estatutos de Florida §732.103 (5) agregan que “si no hay parientes de ninguna de las partes, la totalidad de la propiedad irá a los parientes del último cónyuge fallecido del difunto como si el cónyuge fallecido hubiera sobrevivido al difunto y luego murió intestado con derecho a la herencia”.
Maneje La Sucesión Intestada con Romy B. Jurado y Diana L. Collazos
Si ya está ante un caso de sucesión intestada en Florida, lo mejor que puede hacer es llamar a las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos hoy al (305) 921-0976 o enviar un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta. Le ayudaremos a batallar su caso con estrategias efectivas.