Si alguien fallece con un testamento en Florida, la persona que tiene el control del documento debe presentarlo ante el tribunal correspondiente dentro de los diez días posteriores al descubrimiento de la muerte del testador. Generalmente, el testamento va acompañado de una petición para legalizar el patrimonio del difunto.
Sin embargo, ¿qué sucede si nadie presenta una petición de sucesión en Florida? En esta guía, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le brindarán las respuestas que anda buscando.
Conceptos Básicos sobre si Nadie Presenta Una Petición de Sucesión en Florida
Los Estatutos de Florida §732.901 (1) especifican que “el custodio de un testamento debe presentar el testamento con el secretario del tribunal que tenga jurisdicción sobre el patrimonio del difunto dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la información de que el testador ha fallecido”.
El mismo estatuto agrega que “el custodio debe proporcionar la fecha de muerte del testador o los últimos cuatro dígitos del número de seguro social del testador al secretario en el momento de la presentación y registro”. Sin embargo, no existe un requisito específico que exija que deban presentar los documentos para iniciar un proceso sucesorio.
¿Cuáles Son Las Consecuencias Si Nadie Presenta Una Petición de Sucesión en Florida?
Si bien no existe un requisito legal que estipule castigos si nadie presenta una petición de sucesión en Florida, sí existen consecuencias que usted debe tomar en cuenta.
Sin distribución de bienes para los herederos del difunto
Si nadie presenta una petición de sucesión, los bienes del difunto no se pueden heredar. Cuando alguien fallece y posee bienes únicamente a su nombre, estos bienes deben pasar por una sucesión antes de ser distribuidos a los herederos del difunto.
No es posible transferir el título de ningún bien que exista a nombre del difunto sin autorización judicial.
Si el valor del patrimonio del difunto sujeto a sucesión supera los $75,000 o el difunto ha estado muerto por menos de dos años, el patrimonio debe pasar por una administración formal.
Durante la sucesión, el tribunal verificará la validez del último testamento y nombrará un representante personal para ejecutar la herencia y distribuirla a los herederos legítimos.
Si el valor del patrimonio del difunto sujeto a sucesión es inferior a $75,000 o el difunto ha estado muerto por más de dos años, el patrimonio puede calificar para administración sumaria , una forma más rápida de sucesión en Florida.
En ambos casos, uno de los interesados deberá presentar una solicitud de administración formal o una solicitud de administración sumaria.
Título de Propiedad con “Nubes”
Generalmente, la mayoría de las propiedades sujetas a sucesión no tienen un beneficiario designado al momento del fallecimiento del propietario. Si el titular legítimo ya no está vivo, una propiedad debe pasar por una sucesión supervisada por un tribunal para determinar quién la heredará. En tales casos, no presentar una solicitud de sucesión puede crear una nube en el título.
Disputas legales entre herederos
Cuando alguien muere intestado, el testamento debe presentarse ante el tribunal con una petición de sucesión. Si el difunto no tiene testamento, la presentación de una sucesión es crucial para solicitar a un tribunal que ejecute el patrimonio según las leyes de sucesión intestada de Florida.
Si los bienes no se pueden distribuir legalmente, la situación puede generar angustia emocional entre los herederos del difunto, lo cál es un terreno fértil para disputas costosas y juicios que consumen mucho tiempo y que pueden dificultar aún más el proceso.
Sin posibilidad de impugnar el testamento del difunto
Cualquier parte interesada en un testamento en Florida tiene derecho a impugnar el documento sobre la base de motivos factibles. Si nadie presenta una petición de sucesión, los interesados no pueden impugnar los problemas existentes presentes en un testamento.
De esta manera, el tribunal no puede evaluar el documento y verificar la validez de las pretensiones de nulidad total o parcial del testamento.
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Comuníquese de inmediato con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta.