El Código Uniforme de Fideicomiso (UTC) se introdujo en 2004 como un intento de codificar los principios de la ley de fideicomiso de EE. UU. y crear un código estatutario uniforme en todo el país. Si bien muchos estados han adoptado la nueva ley, la mayoría de las leyes que regulan la creación y administración se rigen a nivel estatal.
Por ello, es correcto preguntar: ¿Reconoce Florida a los fideicomisos de otros estados? Esta guía, preparada por las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le brindará una clara respuesta sobre esta inquietud.
Sobre la Creación de un Fideicomiso en Florida y los Fideicomisos de Otros Estados
Un fideicomiso es una relación fiduciaria en la que el fideicomitente (creador) transfiere la propiedad de los activos a un fideicomisario. El fideicomisario tiene la propiedad nominal de los bienes del fideicomiso en nombre de uno o varios beneficiarios designados por el fideicomitente.
Hay dos tipos de fideicomisos de Florida: fideicomisos revocables y fideicomisos irrevocables. Un fideicomiso revocable se puede modificar, enmendar o incluso revocar en cualquier momento durante la vida del fideicomitente. Antes de hablar sobre cómo trata Florida a los fideicomisos de otros estados, empecemos por ver los requisitos para la creación de estos arreglos dentro de la jurisdicción estatal.
Una vez que el fideicomitente muere, el fideicomiso se vuelve irrevocable, y el fideicomisario debe administrar y ejecutar los bienes de acuerdo con las disposiciones del contrato de fideicomiso.
Un fideicomiso irrevocable tiene requisitos más estrictos, ya que no acepta modificaciones, enmiendas o cualquier cambio sin intervención judicial. Una vez que el instrumento de fideicomiso es firmado por el fideicomitente, no es posible cambiar sus disposiciones.
Requisitos del Estado para la creación de fideicomisos
Debido a su falta de flexibilidad, los fideicomisos irrevocables se utilizan para estrategias específicas de planificación patrimonial, como fideicomisos para necesidades especiales, fideicomisos de dinastía o fideicomisos caritativos.
La ley de Florida tiene requisitos legales específicos para la creación de fideicomisos. Dentro de la jurisdicción estatal, la validez de un fideicomiso depende de:
- Si el fideicomitente tiene la capacidad legal para crear un fideicomiso
- Si el fideicomiso cumple con el propósito para el cual fue creado
- Si el fideicomiso tiene beneficiarios designados
- Si el fideicomisario cumple con su deber fiduciario con el fideicomiso
Según lo dispuesto por los Estatutos de Florida §736.0402(1)(e), un fideicomiso de Florida solo es válido si “la misma persona no es el único fideicomisario y el único beneficiario”.
Teniendo en cuenta que los activos mantenidos en el fideicomiso no se consideran parte del patrimonio del fideicomitente, es posible financiar un fideicomiso para evitar la sucesión. Tenga en cuenta que solo los bienes titulados a nombre exclusivo del fideicomitente están sujetos a sucesión supervisada por un tribunal.
Después de la muerte del fideicomitente, el fideicomisario es responsable de ejecutar los bienes mantenidos en el fideicomiso de acuerdo con las disposiciones del instrumento de fideicomiso. El síndico es responsable de administrar y distribuir los bienes a sus legítimos beneficiarios sin supervisión judicial.
¿Qué Dice La Ley de Florida sobre los Fideicomisos de Otros Estados?
El estado de Florida reconoce la validez de los fideicomisos de otros estados, siempre que el fideicomiso haya sido debidamente redactado y ejecutado de conformidad con las leyes del estado de formación.
¿Qué dicen los estatutos de Florida sobre los fideicomisos de otros estados?
Los Estatutos de Florida §736.0403(1) establecen que “un fideicomiso no creado por testamento se crea válidamente si la creación del fideicomiso cumple con la ley de la jurisdicción en la que se ejecutó el instrumento de fideicomiso o la ley de la jurisdicción en la que, al momento de la creación, el fideicomitente estaba domiciliado”.
Muchos residentes nuevos prefieren transferir el situs (jurisdicción fiscal) del fideicomiso a Florida, ya que el estado ofrece varias ventajas fiscales para los propietarios del fideicomiso.
Es fundamental consultar con un abogado experimentado para identificar la mejor acción para su caso, pues no todos los fideicomisos de otros estados son creados de igual manera.
¿Necesita Transferir un Fideicomiso de Otro Estado a Florida?
Póngase en contacto con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para programar una consulta.