El título de una propiedad se refiere al interés de propiedad en el activo. Si alguien tiene el título de propiedad, esa persona tiene el derecho legal de poseer, usar, ocupar y vender una propiedad. Para transferir el título de una propiedad, el propietario debe usar una escritura.
Por ello, viene bien preguntar si se puede evitar la sucesión con una escritura de renuncia en Florida, también conocida como Quitclaim Deed en inglés.
Al ser un tema de gran interés, las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, han elaborado esta guía, para explicarle cómo evitar la sucesión con una escritura de renuncia en Florida.
Evitar La Sucesión con una Escritura de Renuncia: Entendiendo el Concepto
Una escritura es un documento legal utilizado para transferir el título de una propiedad de una persona a otra. Cuando un residente de Florida muere siendo propietario de un bien inmueble, alguien debe heredar la propiedad.
En este proceso, el título de la propiedad del difunto debe transferirse a nombre del nuevo propietario a través de una escritura. Varias escrituras están disponibles para diferentes propósitos, incluidas las escrituras de renuncia. Las escrituras de renuncia son escrituras que se utilizan para transferir cualquier interés que un propietario tenga en una propiedad.
Este tipo de escritura no ofrece garantías ni promesas por parte del otorgante. Dado que no existen pactos ni garantías, el nuevo propietario no puede demandar al propietario si el título tiene gravámenes o nubes.
Dadas las particularidades que conlleva este tipo de escrituras, sólo se utilizan en ventas no tradicionales. Por ejemplo, una escritura de renuncia de propiedad a menudo se usa para transferir propiedad de un miembro de la familia a otro o cuando un fideicomitente transfiere una propiedad a un fideicomiso.
Más allá de evitar la sucesión con una escritura de renuncia
Al hacer una escritura de renuncia, la persona que escribe el documento debe incluir:
- El nombre de la parte que transfiere el título (otorgante)
- El nombre de la parte que recibe el título (concesionario)
- La descripción legal de la propiedad
- La fecha de la transferencia del título
- El condado donde se encuentra la propiedad
- Dependiendo de las circunstancias, puede ser necesario incluir el precio de compra pagado por el concesionario de la propiedad. Generalmente, las partes que intervienen en la transferencia y los testigos deben firmar la escritura ante un notario.
Una vez que el documento esté debidamente notariado, debe registrarse con el secretario del condado donde se encuentra la propiedad. Antes de ejecutar una escritura de renuncia, es fundamental consultar con un abogado experto para identificar si es una opción ideal para su caso.
¿Es Realmente Posible Evitar La Sucesión con una Escritura de Renuncia en Florida?
Dependiendo de quién reciba el título de una propiedad a través de este documento, sí es posible evitar la sucesión con una escritura de renuncia. Si la escritura de renuncia se usa para transferir una propiedad a un fideicomiso, la propiedad no estará sujeta a sucesión.
Las propiedades en tenencia conjunta con derechos de supervivencia o tenencia en su totalidad no necesitan pasar por la sucesión, ya que el propietario sobreviviente tiene derecho a la participación de propiedad del difunto.
Es posible evitar la sucesión con una escritura de renuncia u otro tipo
No importa el tipo de escritura utilizada para transferir la propiedad, estos tipos de propiedad pueden ayudar a los residentes de Florida a evitar la sucesión. Los bienes inmuebles están sujetos a sucesión si el título está únicamente a nombre del propietario en el momento de la muerte. En tales casos, la propiedad debe pasar por un proceso sucesorio.
Durante la sucesión, el tribunal designará un representante personal para administrar el patrimonio del difunto y distribuir los bienes restantes a sus legítimos propietarios. El representante personal es responsable de ejecutar una nueva escritura para transferir la propiedad del nombre del difunto al nuevo dueño.
¿Desea Evitar Un Proceso Sucesorio en Florida?
Entonces comuníquese hoy con las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos llamando al (305) 921-0976 o enviando un correo electrónico a [email protected] para enseñarle cómo evitar la sucesión y garantizar una distribución justa y rápida de su patrimonio.