Cuando el proceso de sucesión toma demasiado tiempo en completarse, los herederos/beneficiarios pueden optar por distribución provisional del patrimonio, para así solventar sus gastos y obtener una parte de la herencia por el momento.
Si está interesado en solicitar la distribución provisional del patrimonio en Florida, entonces lo invitamos a seguir leyendo. Esta guía, elaborada por las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, le mostrará todo lo que debe tener en cuenta.
Lo Básico Sobre La Distribución Provisional del Patrimonio en Florida
El Código de Sucesiones de Florida establece reglas legales específicas con respecto a cuándo y cómo un beneficiario de un patrimonio puede recibir la parte que le corresponde de la propiedad. Varios factores pueden retrasar el proceso tales como:
- Litigios pendientes
- Impugnaciones del testamento(s)
- El descubrimiento de un nuevo testamento o fideicomiso
- Activos o bienes desconocidos
- Partes interesadas desconocidas (es decir, herederos, beneficiarios, acreedores, etc.)
- Patrimonios complejos
- Pasivos fiscales no liquidados
- Disputas entre las partes involucradas en el proceso
- Falta de competencia del representante personal.
Si no es posible distribuir completamente la propiedad testamentaria a sus nuevos dueños legítimos, el representante personal puede solicitar la autorización del tribunal para proceder con una distribución parcial mientras la administración del patrimonio aún está en curso.
Este proceso se conoce como distribución provisional del patrimonio, que facilita la distribución de los bienes testamentarios a los herederos y beneficiarios del difunto según la ley de Florida.
¿Qué Dispone La Ley Sobre La Distribución Provisional del Patrimonio en Florida?
Los Estatutos de Florida 733.612 establecen que “un representante personal, que actúe razonablemente en beneficio de las personas interesadas, podrá debidamente:
- Retener los activos propiedad del difunto, pendientes de distribución o liquidación, incluidos aquellos en los que el representante personal está personalmente interesado o que de otro modo son impropios para inversiones fiduciarias
- Adquirir o disponer de un bien, excepto bienes inmuebles en este u otro estado, al contado o a crédito y en venta pública o privada, y administrar, desarrollar, mejorar, permutar, dividir o cambiar el carácter de un bien patrimonial
- Hacer distribución parcial a los beneficiarios de cualquier parte de la herencia que no sea necesaria para satisfacer reclamaciones, gastos de administración, impuestos, asignaciones familiares, bienes exentos y una parte electiva, de acuerdo con el testamento del causante o según lo autorice la ley”.
Al proceder con una distribución provisional de sucesiones, el representante personal puede “ejecutar cualquier instrumento necesario en el ejercicio de los poderes del representante personal”. (Estatuto de Florida §733.612 (27)).
En base a estos estatutos, ya podemos tener una noción clara de cómo funciona la distribución provisional del patrimonio. Sin embargo, si desea una explicación directa y personalizada, no dude en llamar al (305) 921-0976.
Atención a los Detalles de la Distribución Provisional del Patrimonio en Florida
Tenga en cuenta que la distribución provisional del patrimonio depende de dos condiciones: la existencia de beneficiarios reales y si los bienes que componen la herencia son suficientes para proceder con una distribución parcial.
¿Qué se considera al brindar una distribución provisional del patrimonio en Florida?
Considerar una distribución provisional requiere la certeza de que todos los beneficiarios propuestos involucrados en el proceso son beneficiarios reales, no se puede realizar una distribución parcial mientras haya un litigio pendiente sobre el beneficio de un individuo.
Como se especifica en los Estatutos de Florida §733.612(26), un representante personal solo puede proceder con una distribución provisional del patrimonio si existen suficientes activos además de los “necesarios para satisfacer reclamos, gastos de administración, impuestos, asignaciones familiares, bienes exentos y una participación electiva. (…).”
¿Cómo Presentar Una Petición Para La Distribución Provisional del Patrimonio?
Si el beneficiario de un patrimonio cree que tiene derecho a una distribución provisional del patrimonio, con fundamentos legales adecuados, puede presentar una petición de distribución provisional. La petición debe presentarse en el tribunal donde se administra la sucesión.
En la solicitud, el beneficiario debe demostrar la existencia de bienes suficientes para distribuir sin comprometer la herencia.
Descubra Cómo Obtener una Distribución Provisional del Patrimonio
Solicitar y obtener una distribución provisional del patrimonio en Florida requiere de una estrategia clara. Llame a las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos al (305) 921-0976 o envíe un correo electrónico a [email protected]m para programar una consulta.