Tras el fallecimiento de alguien, la sucesión es un proceso supervisado por un tribunal en el que se verificará la validez del testamento del difunto y cómo debe distribuir el patrimonio a los herederos y beneficiarios del mismo.
Por ello, es importante saber cuándo es necesaria la sucesión en Florida según lo que dispone la ley, además de manera para evitar este tortuoso proceso.
Con esta guía, preparada por las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos, conocerá la respuesta sobre cuándo es necesaria la sucesión.
¿Cuándo Es Necesaria La Sucesión en Florida? – Fallecimiento sin Testamento
Si el difunto murió poseyendo bienes titulados únicamente a su nombre, estos bienes deben distribuirse al momento de su fallecimiento, independientemente de la existencia o no de disposiciones específicas en un testamento para su distribución.
Por lo tanto, cuando alguien fallece sin testamento en Florida, el patrimonio del difunto se distribuirá de conformidad con las leyes de sucesión intestada de Florida . El término “intestada” se usa para describir una situación en la que alguien muere sin tener un testamento válido o sin ningún tipo de testamento en lo absoluto.
Situaciones Que Describen Cuándo Es Necesaria La Sucesión en Florida
Determinar si la sucesión es necesaria o no para administrar un patrimonio implica varios factores, tales como el tamaño del patrimonio del difunto, la complejidad de los bienes que componen el patrimonio sujeto a sucesión y si el difunto ha dirigido bienes específicos a beneficiarios en específico.
Por ello, para ayudarle a comprender a cabalidad cuándo es necesaria la sucesión, hemos detallado los casos más comunes que requieren o no de este proceso.
Disposición Sin Administración
Como sugiere su nombre, la disposición del patrimonio sin administración no implica un proceso de sucesión después de la muerte de alguien. Los Estatutos de Florida §735.301 estipulan que “no se requerirá administración ni se instituirán procedimientos formales sobre el patrimonio de un difunto que deje únicamente:
- Los bienes muebles exentos en virtud de lo dispuesto en el art. 732.402
- Propiedad personal exenta de los reclamos de los acreedores bajo la Constitución de Florida, y
- Bienes muebles no exentos cuyo valor no exceda la suma del monto de los gastos funerarios preferidos y los gastos médicos y hospitalarios razonables y necesarios de los últimos 60 días de la última enfermedad”
Por ello, al ir por esta ruta, preguntar cuándo es necesaria la sucesión pierde sentido, pues aquí se distribuirán los bienes fácil y rápidamente.
Sobre la propiedad exenta y cuándo es necesaria la sucesión
Bajo los Estatutos de Florida §732.402, la propiedad exenta consiste en:
- Mobiliario doméstico, enseres y electrodomésticos en el lugar de residencia habitual del difunto hasta un valor neto de $20,000 a la fecha de la muerte
- Dos vehículos de motor (como se define en el mismo estatuto)
- Todos los programas de matrícula calificados autorizados por s. 529 del Código de Rentas Internas de 1986
- Todos los beneficios por muerte de educadores calificados (según los Estatutos de Florida §112.1915).
Por lo tanto, si el valor total del patrimonio del difunto es pequeño y está compuesto exclusivamente por bienes exentos, puede calificar para disposición sin administración. Por lo general, este tipo de procedimiento de administración se puede finalizar en unas pocas semanas.
¿Cuándo es necesaria la sucesión en Florida con administración sumaria versus administración formal?
Si el patrimonio de una persona fallecida no califica para la disposición sin administración, puede administrarse bajo administración sumaria o administración formal.
¿Cuándo es necesaria la sucesión con administración sumaria?
Si el valor total del patrimonio del difunto sujeto a sucesión no excede los $75,000 o si el difunto ha estado muerto por más de dos años, el patrimonio puede calificar para administración sumaria.
Una forma acelerada de sucesión de Florida, la administración sumaria generalmente toma solo unas pocas semanas para concluir. Sin embargo, si el valor total del patrimonio del difunto sujeto a sucesión excede los $75,000 o el difunto ha estado muerto por menos de dos años, el patrimonio se administrará formalmente.
¿Cuándo es necesaria la sucesión con administración formal?
Este tipo de administración implica varias formalidades, como el nombramiento de un representante personal , la emisión de una notificación a todas las personas interesadas que puedan tener un derecho sobre la herencia del difunto (incluidos los acreedores) y un conjunto de procedimientos diferentes.
Si el caso involucra herederos incapacitados o beneficiarios que no pueden manejar sus propios asuntos física o mentalmente, un tribunal también puede determinar tutelas o curatelas.
Descubra Cuándo Es Necesaria La Sucesión (Y Cómo Evitarla)
Si está ante un caso de sucesión o desea evitarla por completo, entonces llame hoy a las abogadas Romy B. Jurado y Diana L. Collazos al (305) 921-0976 o envíe un correo electrónico a [email protected] para encontrar una estrategia efectiva para su caso.